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Área 1
Desarrollo empresarial Lombardía: se dirige a las PYME y MidCap con sede operativa en la que se pretende realizar la inversión ubicada en Lombardía
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Área 2
Desarrollo empresarial en las áreas destinatarias de las ayudas con finalidad regional: se dirige a las PYME y MidCap con sede operativa en la que se pretende realizar la inversión ubicada en las zonas ex art. 107.3.c del TFUE
¿Quién puede beneficiarse de la convocatoria de inversiones PYME?
Pueden presentar la solicitud las PYME y MidCap que posean los siguientes requisitos:a) estén regularmente constituidas e inscritas en el registro de Empresas con al menos dos balances depositados
b) tengan una sede operativa en Lombardía a la fecha de presentación de la solicitud
c) entren en la clasificación del 1 al 10 según la metodología de Credit Scoring
Están excluidas de la ayuda:
- las empresas con código primario o prevalente Istat Ateco 2007 sección A (agricultura, silvicultura y pesca), a excepción de aquellas inscritas en el Registro de empresas agromecánicas
- las empresas con código primario o prevalente Istat Ateco 2007 sección A (agricultura, silvicultura y pesca), a excepción de aquellas inscritas en el Registro de empresas agromecánicas
- las grandes estructuras de venta (con superficie superior a 1.500 m2 en municipios con población residente inferior a 10.000 habitantes y a 2.500 m2 en municipios con población residente superior a 10.000 habitantes)
- las empresas activas en el sector de la fabricación, transformación y comercialización del tabaco y de los productos del tabaco
- las empresas que se encuentren en dificultad
- las empresas en insolvencia
Los proyectos financiables
Son admisibles para la Ayuda los Proyectos:1. destinados a la modernización y ampliación productiva;
2. de importe mínimo de 100.000,00 euros y un máximo subvencionable de 3.000.000,00 euros;
3. “para las PYME que opten por los regímenes de ayuda ex art. 14 o art. 17 del Reglamento GBER” en activos materiales y/o inmateriales, para instalar una nueva planta, ampliar una planta existente, diversificar la producción de una planta mediante productos nuevos adicionales o transformar radicalmente el proceso productivo global de una planta existente
4. realizados únicamente en una sede operativa en Lombardía* Los Proyectos deben realizarse en un plazo de 15 meses desde la fecha de publicación de la resolución de concesión de la ayuda
Los gastos admisibles:
a) adquisición e instalación de maquinaria, plantas de producción, equipos, hardware y mobiliario, necesarios para lograr las finalidades del proyecto;
b) adquisición de software y licencias de uso; costes de servicios de software de tipo cloud y saas por un periodo no superior a 12 meses de servicio, admisibles solo para el régimen de minimis y art. 14 del GBER;
c) adquisición de marcas, patentes y licencias de producción;
d) obras de albañilería, obras de saneamiento e instalaciones si están directamente relacionadas y son funcionales a la instalación de los bienes mencionados en el apartado a) dentro del límite del 20% de dicho gasto.
Para los gastos mencionados anteriormente se aplican los siguientes criterios:
- deben ser atribuibles a la sede operativa de Lombardía
- deben ser asumidos (factura y comprobante de pago) con posterioridad a la fecha de envío de la solicitud.
No se admiten anticipos antes de dicha fecha
No son admisibles:
- gastos para la compra de terrenos
- gastos por alquiler de terrenos, edificios e inmuebles
- gastos asumidos mediante leasing
- gastos para la compra de bienes usados
- gastos de personal interno
- gastos de actas notariales, registros
- gastos de materiales de consumo
- gastos de transporte
Las características de la ayuda
La Ayuda prevista en la Convocatoria se compone de:
- una Garantía regional gratuita sobre una Financiación a medio-largo plazo, otorgada por las Entidades financiadoras y destinada a obtener los recursos financieros necesarios para la inversión, con las siguientes características: duración mínima de 3 años y un máximo de 6 años con - carencia máxima de 2 años- por un importe máximo de 2.850.000,00 euros
- una Subvención a fondo perdido (en la medida máxima del 15% para el Área 1 y 30% para el Área 2).
La solicitud de participación en la convocatoria, acompañada de la resolución de Financiación de una Entidad financiadora, podrá presentarse exclusivamente en línea en la plataforma Bandi online en la dirección www.bandi.regione.lombardia.it a partir de las 10:30 horas del 13 de junio de 2023.