¿A quién va dirigido el incentivo de la Nuova Sabatini?
- Estar regularmente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas o en el Registro de Empresas de Pesca
- Estar en pleno ejercicio de sus derechos, no estar en liquidación voluntaria ni sometidas a procedimientos concursales
- No formar parte de los sujetos que hayan recibido y no hayan reembolsado ayudas consideradas incompatibles por la Comisión Europea
- No ser empresas en dificultades
- Tener sede en Italia o en un Estado comunitario, siempre que esté prevista la apertura de una sede operativa en Italia antes del inicio de la inversión
¿En qué consiste la ayuda Nuova Sabatini?
- Financiación completa de la inversión por parte de un banco o un intermediario financiero concertado. La financiación tiene una duración máxima de 5 años y el importe debe estar comprendido entre un mínimo de 20.000,00 euros y un máximo de 4 millones.
- Asistencia del fondo de garantía para las pequeñas y medianas empresas hasta un máximo del 80% de la financiación
- La subvención a fondo perdido es igual a los intereses devengados sobre el importe de la financiación, calculados convencionalmente sobre un plan de amortización de 5 años en cuotas semestrales con un tipo de interés del 2,575% anual para las inversiones ordinarias y con un tipo de interés del 3,575% anual para la adquisición de bienes incluidos en la categoría 4.0 y para inversiones verdes.

¿Cuáles son las inversiones subvencionables con la Nuova Sabatini?
Las inversiones deben comenzar en una fecha posterior a la solicitud de financiación al ministerio y deben concluir dentro de los 12 meses siguientes a la firma del contrato de financiación. La inversión es subvencionable en caso de que esté concebida dentro de uno de los siguientes planes:
- Ampliación de la producción
- Diversificación de la producción
- Reconversión industrial
- Creación de una nueva planta de producción.
Los bienes subvencionables deben ser nuevos y clasificables en el activo del Balance en una de las siguientes secciones: “instalaciones y maquinaria” (B.II.2), “equipos industriales y comerciales” (B.II.3) o “otros bienes” (B.II.4). Se especifica que también son subvencionables las adquisiciones mediante leasing. Finalmente, los bienes deben cumplir los dos siguientes requisitos:
- Autonomía funcional. No se admiten piezas o componentes de otra maquinaria, a menos que este nuevo componente integre la maquinaria anterior con funcionalidades adicionales.
- Correlación con la actividad productiva. Solo se admiten bienes funcionales a la actividad de la empresa.
En cualquier caso, no son admisibles los gastos relativos a terrenos o edificios.
Como se mencionó anteriormente, los bienes incluidos en la categoría de industria 4.0 disfrutan de una ayuda mayor; para una descripción detallada del concepto de industria 4.0, se recomienda consultar el artículo sobre Crédito Fiscal por bienes instrumentales.
Novedades: la Sabatini o "inversiones verdes".
Específicamente, se trata de inversiones relacionadas con la compra o adquisición (en caso de leasing) de maquinaria, instalaciones y equipos nuevos de fábrica para uso productivo, de bajo impacto ambiental y bajo una programación orientada a mejorar la ecosostenibilidad de los productos y de los procesos productivos.
Para estas operaciones no solo están previstas las clásicas subvenciones a fondo perdido (2,575 o 3,575), sino que, si la inversión contara con una certificación ambiental de proceso adecuada o una certificación ambiental de producto adecuada, la subvención a fondo perdido se incrementa en un 30%.
Conclusiones
Otro punto fuerte de este bono es que, a diferencia de las convocatorias regionales o ministeriales clásicas, no prevé plazos precisos, sino que puede solicitarse a lo largo de todo el año, lo que permite a las empresas ser más libres de recurrir a él cuando prefieran.